Freedom United expresa su preocupación por el proyecto de ley 251 contra la trata de personas de Ontario - FreedomUnited.org

Freedom United expresa su preocupación por el proyecto de ley 251 contra la trata de personas de Ontario

  • Publicado el
    13 de mayo de 2021
  • Escrito por:
    Jamison Liang
  • Categoría
    Ley y política
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Freedom United está preocupada por el proyecto de ley 251, la Ley de lucha contra la trata de personas de 2021, que se propone actualmente en Ontario, Canadá. A continuación se muestra nuestra presentación al gobierno.


13 de mayo de 2021

Estimada Asamblea Legislativa de Ontario,

En nombre de Freedom United, una ONG internacional contra la trata de personas que alberga a la comunidad contra la esclavitud más grande del mundo, le escribo al gobierno de Ontario para expresar nuestras preocupaciones sobre el proyecto de ley 251, Ley de lucha contra la trata de personas 2021 en su forma actual.

Si bien abordar la trata de personas y apoyar a los sobrevivientes de la trata en Ontario son pasos importantes y necesarios, las estrategias propuestas en el proyecto de ley 251 amenazan con socavar ambos objetivos.

Instamos al gobierno a que reconsidere su propuesta de ampliar ampliamente los poderes policiales y de vigilancia como una solución a la trata, reconozca que la evidencia de trabajo sexual no es necesariamente evidencia de trata sexual y adopte una estrategia holística que desarrolle la resiliencia a la trata, incluida la trata laboral. y tráfico sexual - entre comunidades marginadas.

Como establece la Estrategia contra la trata de personas, los esfuerzos deben basarse en los derechos humanos y que, para “lograr los objetivos de la estrategia, se requieren esfuerzos para abordar las causas fundamentales de la trata de personas y los factores que provocan que los niños y otras personas se encuentren en peligro. mayor riesgo de ser objeto de trata ".

En primer lugar, el proyecto de ley 251 se centra aparentemente en la lucha contra la trata de personas con fines de explotación sexual, a pesar de que la trata de personas adopta muchas formas. En este punto, preguntamos a la asamblea legislativa por qué hay un enfoque desigual en este proyecto de ley y por qué la trata laboral, particularmente de trabajadores migrantes de bajos salarios, no se está abordando como parte de la estrategia del gobierno contra la trata.

Sobre el tema de la trata de personas con fines de explotación sexual, el gobierno debe hacer una distinción clara entre la trata sexual y el trabajo sexual consensuado. Nos preocupa profundamente que esta legislación encuadre las pruebas del trabajo sexual como base para las investigaciones y la regulación contra la trata de personas. Específicamente, nos preocupa el lenguaje en el Anexo 2 y la Sección 6 (e) sobre "Regulaciones, medidas contra la trata de personas":

Calendario 2:

La Ley también otorga al Vicegobernador en Consejo la autoridad para hacer ciertas regulaciones relacionadas con las entidades que publican, publican o difunden anuncios de servicios sexuales y entidades que operan plataformas para dichos anuncios.

Sección 6 (e) sobre Reglamentos, medidas contra la trata de personas:

Sujeto a la subsección (3), el Vicegobernador en Consejo puede hacer regulaciones, con respecto a las entidades que publican, publican o difunden anuncios de servicios sexuales y entidades que operan plataformas para dichos anuncios,

(i) prescribir las entidades y anuncios, incluidos los tipos o categorías de entidades y anuncios, a los que se aplica o no se aplica una regulación hecha en virtud de esta cláusula,

(ii) exigir a dichas entidades que pongan su información de contacto a disposición del público, incluida la provisión de los tipos de información de contacto que se incluirán, así como la forma en que se pondrá a disposición,

(iii) exigir a dichas entidades que respondan a la policía y otras personas o entidades específicas y establecer la manera de responder, incluido el período de tiempo en el que se debe dar la respuesta,

(iv) imponer requisitos a dichas entidades a fin de facilitar la aplicación de los requisitos del reglamento, incluidos los requisitos de presentación de informes, los requisitos para poner a disposición del público la información especificada y los requisitos de mantenimiento de registros;

Es notable que estas regulaciones no se enmarcan alrededor de evidencia de trata de personas, sino más bien evidencia de servicios sexuales o trabajo sexual. En consecuencia, este proyecto de ley presenta una extralimitación en el sentido de que impondrá una mayor vigilancia a las trabajadoras sexuales consensuadas bajo el paraguas de la regulación y el enjuiciamiento contra la trata, lo que va en contra de las mejores prácticas internacionales.

As ONUSIDA, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) destacan“Los esfuerzos contra la trata no deben justificar ni dar lugar a un enjuiciamiento penal u otras medidas coercitivas contra los adultos que se dedican al trabajo sexual de forma consensuada, ya sea como trabajadoras sexuales o como clientes. . . Cualquier combinación del trabajo sexual voluntario de adultos con la trata de personas es un abuso de los derechos humanos de las trabajadoras sexuales y aumenta en gran medida el riesgo de contraer el VIH y la violencia tanto para las trabajadoras sexuales como para las mujeres y niñas víctimas de trata, al hacer que se oculte aún más 'bajo tierra. '. ”

Además, nos preocupa el lenguaje del Anexo 3, la Ley de Servicios para Niños, Jóvenes y Familias de 2017, específicamente el poder otorgado a los trabajadores de protección infantil y agentes del orden público para llevar a un niño a otro lugar por hasta 12 horas. En lugar de permitir el poder de expulsión unilateral, recomendamos que los trabajadores de protección infantil y los agentes del orden ofrezcan información a los jóvenes sobre cómo acceder a los servicios sociales. Además, debería añadirse el requisito de que los trabajadores de protección infantil y los agentes del orden público obtengan el consentimiento informado de un niño que tenga la capacidad de dar su consentimiento en caso de que se ofrezcan servicios sociales. El consentimiento informado es válido cuando es voluntario y debe estar vinculado a una explicación clara de qué servicios se ofrecen al niño y por qué un trabajador de protección infantil o un agente del orden público recomienda estos servicios.

Por último, recomendamos que el gobierno de Ontario enmiende el proyecto de ley 251 para eliminar los poderes policiales y de vigilancia ampliados de la aplicación de la ley en nombre de la lucha contra la trata de personas. Los poderes que incluyen "un inspector puede, sin una orden judicial o aviso, y en cualquier momento, entrar e inspeccionar cualquier lugar" y examinar, exigir, retirar o copiar cualquier "cosa que sea o pueda ser relevante para la inspección" son excesivos y amenazan con violar los derechos humanos.

Estos poderes ampliados de la aplicación de la ley dependen de "motivos razonables" para creer que se está produciendo la trata de personas, sin embargo, el encuadre del Anexo 2 y la Sección 6 (e) implica que cualquier prueba de trabajo sexual puede utilizarse incorrectamente como "motivos razonables" para inspección policial.

Con el fin de abordar la trata de personas en Ontario, Freedom United recomienda encarecidamente que el gobierno de Ontario reconsidere su énfasis en un enfoque punitivo y de aplicación de la ley centrado principalmente en detener la trata sexual. Una estrategia verdaderamente integral contra la trata debe centrarse en los esfuerzos para desarrollar la resiliencia ante la trata de personas en todas sus formas y dirigir los recursos hacia las organizaciones comunitarias en lugar de las fuerzas del orden.

Apoyamos la presentación de abril de 2021 hecha por Butterfly y la Red Legal del VIH sobre el proyecto de ley 251 y estamos de acuerdo con su declaración: “instamos al gobierno a rechazar esta ley y adoptar un enfoque de la trata de personas basado en los derechos humanos que centre los derechos laborales, los derechos de los migrantes , y los derechos de las trabajadoras sexuales y aborda las numerosas barreras estructurales que incluyen la pobreza, la situación migratoria precaria y la falta de acceso a viviendas asequibles, servicios sociales y de salud que contribuyen a los riesgos de la trata de personas ".

Como ONG internacional contra la trata, Freedom United reconoce que la trata de personas ocurre a menudo en la intersección de las vulnerabilidades y la falta de derechos. Detener la trata de personas requiere cambios estructurales y políticas que aborden directamente estos factores de riesgo.

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shabbir
shabbir
Hace años 2

Cualquier legislación que no sea humana y no tome en consideración el bienestar de los ciudadanos de la tierra es una mierda.

John Smith
John Smith
Hace años 2

Guau. No podría haberlo dicho mejor. Desafortunadamente, no creo que el gobierno de Ford escuche, pero sin duda apreciamos el esfuerzo.

jose lapinski
jose lapinski
Hace años 2

Excelentes recomendaciones.

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